Están contenidos en la Sección II "Derechos, Deberes y garantías"que comprende del artículo 7o. al 72.
Artículo 7º.- Los habitantes de la República tienen derecho a ser protegidos en el goce de su vida, honor, libertad, seguridad, trabajo y propiedad. Nadie puede ser privado de estos derechos sino conforme a las leyes que se establecen por razones de interés general.
Los demás los pueden leer aquí http://www.parlamento.gub.uy/constituciones/const004.htm
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